Edición Nº 4660, 20 de mayo de 2002


El proyecto Lago Pacífico:
un complejo turístico y cultural

Las fuerzas vivas de la ciudad de Buenos Aires se movilizan una vez más. En este caso, el Arq. Adolfo Rossi encabeza un grupo de 6500 vecinos que impulsan un interesante proyecto para convertir un espacio degradado del barrio de Palermo en un paseo público, el cual contará con un reservorio a cielo abierto, capaz de aliviar las temibles crecidas del arroyo Maldonado y las consecuentes inundaciones que se producen los días de lluvias intensas. El Constructor tuvo acceso a los lineamientos generales del mencionado proyecto, los cuales son desarrollados a continuación.

Las áreas de influencia del proyecto Lago Pacífico son las siguientes:

1. Barrial - ciudadana: área compren-dida por las vías del ferrocarril, Avenida Juan B. Justo y calles Paraguay y Godoy Cruz. 2. Metropolitana - nacional: área comprendida por las avenidas Santa Fe y Juan B. Justo y las calles Paraguay y Godoy Cruz.


Planta del proyecto del complejo turístico-cultural

Escala barrial - ciudadana

El proyecto tiene como eje estruc-tural enfrentar los problemas de insegu-ridad, inundaciones, degradación am-biental, estética y cultural, junto con la falta de espacios verdes, tendiendo a:

1.- Propender a la seguridad pública como espacio abierto, iluminado, contro-lable en contraposición con el actual: de-gradado, sin uso alguno, área inundable y por último de alta fragilidad ambiental.

2.- Ayudar a enfrentar el riesgo cier-to de inundaciones en toda la zona, ya que se trata de dos lagos, uno perma-nente y otro por encima de inundación, que actúa como gran reservorio a cielo abierto.

3.- Trabajar por analogía con el Ro-sedal y el concepto de belleza en cuanto hace a lo paisajístico y plástico. 4.- Recuperar para la ciudad 12 hec-táreas para el uso público.

Por ello, la propuesta pretende gene-rar un espacio público, con dos ejes centrales:

* Areas verdes y edificadas. * Lago permanente y lago de embalse.  Areas verdes y edificadas: destinadas a actividades deportivas, culturales y de esparcimiento, con edificios que pueden apoyarse sobre un espejo de agua o bien sobre el terreno, obteniendo así una alternativa paisajista inédita para el barrio, recuperando una zona en la actualidad degradada o bien de “espaldas” al mismo, formando parte del paseo turístico propuesto por el C.G.P. 14 E.


Corte esquemático: Entubamiento actual, conexión con el borde del lago

Se verán satisfechas, de esta forma, viejas aspiraciones de los vecinos que contarían con escuelas secundaria técnica y nacional, museo del barrio, áreas públicas deportivas, etc.

Lago permanente y lago de embalse en cuanto a este eje, la propuesta tiende a generar un lago permanente de igual superficie que el lago del Rosedal de Palermo, de 700 metros de largo, de un ancho variable entre 40 y 140 m, con una depresión de 6,50 m de profundidad para albergar dos grandes lagos. Los tres metros más profundos se-rán  permanentes y tendrán por encima un lago de inundación, con una capacidad de embalse del orden de los 250.000 m3,  con ramblas de borde para ambos espejos de agua, pudiendo ser utilizadas como paseo. Ante el fenómeno de las inunda-ciones el lago de embalse permitirá:

- Deprimir el nivel de las aguas en el punto más conflictivo de la inundación. - Llegar a embalsar el caudal excedente del arroyo, con poco recorrido, fa-cilitando la captación de las aguas de desborde, por medio de cortos túneles. - Facilitar el llenado y su posterior descarga cuando así se lo requiriese, ya que la totalidad del recorrido de las aguas sería por gravedad. - No “impermeabilizar” el terreno actual, permitiendo reducir el impacto inmediato de lluvias. - Facilitar la implementación del área deportiva, cultural y de esparcimiento. Por otra parte, es posible realizar la totalidad de los trabajos con tecnología disponible, ya que se trata de obras convencionales de excavación, solados, losas, impermeabilizaciones, estructura del puente automotor, peatonal, tratamiento paisajístico y de iluminación.


Corte perspectivo cabecera Guatemala

Durante su construcción se podrá retirar el material producto de la excavación, favorecido por la posibilidad que ofrece el transporte ferroviario de la misma dentro del predio, hasta su disposición final, sin entorpecer el tránsito vehicular ciudadano ni afectar calles o avenidas.

Se podrá implementar, debido a sus dimensiones, una planta de tratamiento de las aguas del lago. De esta forma se constituirá en la primer obra de este tipo para el cauce del arroyo Maldonado, previo a su ingreso al estuario, necesaria además si se considera la cercanía a las tomas de agua de la ciudad. En cuanto al impacto ambiental, el mismo se define como positivo, en cuanto hace al tratamiento de las aguas y la forestación programada, según se desprende de la calificación que hace de éste tipo de obra la Constitución de la Ciudad, según el artículo 27:

1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio. 2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora. 3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras y garantizar su uso común. 4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas. 5. La protección, saneamiento, control de la contaminación y mantenimiento de las áreas costeras del Río de la Plata y de la cuenca Matanza - Riachuelo (subcuencas hídricas).

Asimismo, en lo que hace al mantenimiento, se ve facilitado por tratarse de un emprendimiento a cielo abierto de fácil acceso para la limpieza de bocas o del fondo del lago en caso  de ser necesario, aun si se plantearan “escenarios de catástrofe”, como por ejemplo el derrame accidental de combustibles o sustancias tóxicas a la corriente del arroyo Maldonado.

Dispondrá, de acuerdo con el proyecto, de una superficie de enrejado de protección en la salida de captación del arroyo, veinte veces más grande que la sección del orifico de ingreso, disposición que asegura un fácil mantenimiento y retiro de sólidos que arrastra la corriente del arroyo. Han sido considerados los siguientes item necesarios para el buen funcionamiento del emprendimiento: - Funcionamiento hidráulico apropiado de la estructura y su integridad física. - Impedir la proliferación de insectos y otras molestias. - Seguridad y comodidad para el público visitante, incluyendo los niños. - Instalaciones de esparcimiento. - Costos de mantenimiento.

Escala metropolitana

El proyecto propone, preservando la identidad del barrio: - Revitalizar el espacio verde sobre la avenida Bullrich: actualmente, el mismo se encuentra ocupado por terminales de colectivos, así como por depósito de autos abandonados, constituyéndose en un área degradada, que afecta una zona calificada de la ciudad, donde encontramos parques, paseos, templos; tornándose un obstáculo al afectar recorridos turísticos propuestos, como se verá más adelante.

Este espacio verde “introducirá” los parques de Palermo en la ciudad, estableciendo una continuidad con el tratamiento propuesto para la zona del “Lago Pacifico”. - Revitalizar la Av. Juan B. Justo, desde Honduras hasta Av. Santa Fe: sobre la calle Honduras se ha producido un significativo cambio a ambos lados de la Av. J. B. Justo, transformándose en un centro gastronómico y de esparcimiento hacia el norte y de exposición de productos de alto nivel de diseño hacia Scalabrini Ortiz, calificando la zona positivamente y manteniendo esta su escala barrial. En el otro extremo, la calificada Av. Santa Fe actúa como límite de la posible expansión edilicia y más allá nos encontramos con construcciones y parques que rodean al regimiento y con el propuesto espacio verde.

Con estos límites este - oeste, la vereda norte de Juan B. Justo tendría a su frente el paisaje del Lago Pacífico, motivación que permitiría encauzar las intervenciones edilicias dentro de un marco regulatorio especial, una vez que el proyecto que nos ocupa haya sido aprobado y se encuentre en marcha. - Vereda sur Juan B. Justo: se per-mitirán construcciones dedicadas al esparcimiento, cuya altura no supere la de las vías, permitiendo visuales al lago.

- Plaza Mayor de Buenos Aires: se trata de un espacio que conforman los edificios que lo rodean a uno y otro lado de su eje longitudinal y al que vuelcan las actividades que se desarrollan en los mismos, según se verifica en el proyecto, transformándose así en una gran plaza seca cuyos usos directamente ligado al esparcimiento y turismo, generará una alta demanda laboral, creando innumerables puestos de trabajo, con relación a:

* Exposición y venta de productos de la pequeña y mediana empresa de alto nivel de diseño, ejemplo del cual es posible encontrar en el barrio, destinado a un público nacional e internacional. * Niveles gastronómicos, con acceso a los mejores productos vitivinícolas del país, en el lugar de concentración histórica de nuestras mejores bodegas. * Difusión y enseñanza del tango, contando para ello con orquestas en vivo en forma permanente, con posibilidades de alojamiento para los numerosos extranjeros que hoy nos visitan, sin desmedro de la calidad de vida de los vecinos, ya que se encierra en sí mismo en cuanto a sonidos o ruidos y al no entorpecimiento del transito barrial, ya que la circulación y estacionamiento se resuelven a nivel inferior.

Por todo lo mencionado anteriormente, en esta etapa del proyecto: - Refuncionalizarán los arcos exis-tentes (bajo las vías del ferrocarril), transformándolos en los mencionados locales de exposición permanente para la pequeña y mediana empresa, de productos a ser exhibidos al turismo, ateliers, “vinerías” de alta calidad, etc.

- Se construirán “tanguerias”, hoteles dedicados a tal fin, exposición permanente turística del tango, de la ciudad y del país, salas de enseñanzas de baile, todo encuadrado, en lo edilicio, dentro de los límites planteados por los vecinos en su petitorio, según se verifica en la perspectiva general del conjunto. - Se rodeará a la plaza de galerías, recovas y todo aquello que faciliten las actividades programadas. - Se producirá sobre el “cabezal” de la plaza, un centro de transferencia, apto para solucionar el acceso al transporte por ferrocarril, subterráneo y vehicular, según se verifica en proyecto, disminuyendo a su mínima expresión el ingreso desde el ferrocarril al subterráneo por la entrada de la esquina sur - oeste, de potencial peligro cotidiano para decenas de miles de usuarios, ya que a su estrechez, suma elevadísimo nivel de circulación acumulada a su acceso, con colectivos que “rozan” a quien ingresa o se desplaza por el lugar, haciendo prever posibles accidentes de inimaginables consecuencias.

Nivel de las vías

Se debe efectuar el terraplenamiento o elevación del nivel de las vías facilitando cruces bajo nivel. Todo el terraplén debe ser tratado con bloques aptos para fijar césped, de esta forma obtener una continuidad verde-natural que se tratará de extender más allá de los límites del lago, como forma de introducir este tratamiento en la ciudad.

Contratación pública
de servicios profesionales

Como hemos venido informando, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, convocó en su momento a representantes de la Secretaría de Planeamiento Urbano del Gobierno porteño, de la CAC, de la Uocra, de la SCA, del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, del CAI, del Consejo Profesional de Ingeniería Civil y de la FADU y la Facultad de Ingeniería de la UBA, con el fin de aunar esfuerzos en la elaboración de propuestas para la emergencia. Una de ellas se refiere al tema del título de la nota y dice textualmente lo siguiente.

Con el objeto de contribuir a garantizar la mejor y más transparente asignación del trabajo público, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo impulsa, desde su ámbito de acción y en el marco de la ciudad de Buenos Aires, la elaboración para su aprobación de una ley que reglamente la contratación de servicios profesionales de arquitectura para la realización del proyecto y otras tareas profesionales afines orientadas a la materialización de las obras públicas. A criterio del CPAU, el proyecto normativo debe incorporar el punto de vista del comitente, en este caso, Gobierno y Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, para contar con el necesario respaldo de funcionarios y legisladores asumiendo que debe convertirse en el soporte legal que garantice un mecanismo idóneo de gestión y debe ser producto del consenso entre las organizaciones profesionales representativas de los arquitectos en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.

La legislación resultante debe reglamentar los procedimientos correspondientes a las distintas formas de contratación de servicios profesionales de arquitectura, ya sea la contratación directa, el concurso de arquitectura o planeamiento urbano o regional y/ o la licitación por proyecto y precio.

La conclusión más importante, proveniente del análisis de distintas normas y modalidades de otros sitios del mundo, es que el éxito de la iniciativa depende de una buena regulación, que norme los detalles que haya que prescribir a nivel legislativo, descartando las delegaciones excesivas y que sea lo suficientemente flexible para evitar rigideces contractuales. · Debe ponerse especial énfasis en la obligatoriedad del llamado, los tipos de concursos, la regulación de las competencias por invitación, el conocimiento del jurado y los criterios de selección y qué ha de contener el anuncio del certamen.

· Las administraciones públicas puedan recurrir a diversos mecanismos de contratación teniendo en cuenta el punto de vista que pone acento en la eficacia que la gestión de estas instituciones necesariamente debe posibilitar.

· Para controlar esa flexibilidad, no solo deben aceptarse varios tipos de concursos sino que debe exigirse la justificación de la elección competitiva que ha hecho el Estado.

· Corresponde considerar que cualquier gestión de los profesionales ante el llamado del Estado constituye por sí misma ejercicio profesional y por añadidura, trabajo profesional. A la vista de ello se recomienda que una vez instalado el llamado a concurso como procedimiento obligado, sea de aplicación el sistema de concursos rentados que supone una selección previa de los participantes (modelo francés).

Fuente: Contratación Pública de Servicios Profesionales en la Legislación Comparada - Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo - Preparado por: Jorge A. Barraguirre (h), profesor de Derecho Administrativo - Universidad de Palermo - Buenos Aires - febrero de 2002

 

 

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