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Normativa para la ciudad de Buenos Aires

 

La normativa vigente en materia de redeterminaciones de precios en la ciudad de Buenos Aires, se encuentra conformada por la ley 2809 del año 2008 y su decreto reglamentario 1312. Entre las características sobresalientes y desde un punto de vista comparativo con la normativa nacional y de la provincia de Buenos Aires, se destaca el hecho de que el sistema instituido rompe con el criterio de mantener un porcentaje del monto original del contrato fijo (no redeterminable).

 

Asimismo, la ley prevé múltiples fuentes de información de precios a los efectos del calculo de la redeterminación; en este sentido el artículo 5º establece que “Los precios de referencia a utilizar para el procedimiento de redeterminación serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección de Estadística dependiente de la administración gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente, para el mismo período”.

 

A los efectos de habilitar la solicitud de redeterminación de precios, la ley porteña establece una agrupación de factores principales (Art. 4º), cuya variación promedio debe superar el mínimo establecido, pero no elabora un listado taxativo de estructuras de ponderación en base a la cual debe asociarse cada obra, sino que establece que tanto la estructura de ponderación (incidencia relativa de cada factor básico en el precio total de la prestación) como la fuente de información de los precios correspondientes, se incluirá en cada pliego de bases y condiciones (Art. 6º).

 

Puntos básicos

 

- La redeterminación procede a solicitud del contratista

 

- Se redetermina la obra pendiente de ejecución

 

- Las obras no ejecutadas en el momento previsto en el plan de inversiones vigente, por causas imputables al contratista, no se redeterminarán

 

- El porcentaje mínimo de variación a verificar debe superar el 7%

 

- La variación se calcula en base a la variación ponderada de los costos de los factores principales que componen la obra

 

- La estructura de ponderación se establecerá en los pliegos de bases y condiciones

 

- La variación promedio calculada con la estructura de ponderación servirá como base de adecuación provisoria de precios

 

- Si se efectúan pagos destinados a acopio de materiales, debe establecerse a qué materiales se aplica dicho monto y el porcentaje del componente de los materiales correspondientes al precio de cada ítem, que queda inamovible por el pago del acopio

 

- Si se otorgan anticipos financieros, el porcentaje abonado no estará sujeto a redeterminación a partir de la fecha del efectivo pago

 

- La redeterminación se realizara en base a los análisis de precios (desagregados en todos sus componentes) presentados con la oferta

 

- La redeterminación debe respetar la estructura de la oferta y contar con un detalle de cálculo en soporte magnético, que permita su control y verificación

 

- Junto con la solicitud se deben acompañar todos los antecedentes documentales de los precios e índices utilizados

 

- Previamente a la firma del acta de redeterminación de precios se remitirán las actuaciones a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; si ésta no se expidiera en el plazo perentorio de 15 días hábiles administrativos, su silencio será interpretado como conformidad y deberá remitir el expediente sin mas trámite a la jurisdicción comitente del contrato

 

- La suscripción del acta de redeterminación de precios implica la renuncia de la contratista a todo reclamo por mayores costos, intereses, compensaciones, gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación

 

- El plazo total del procedimiento de redeterminación desde su inicio hasta la firma del acta de redeterminación de precios no podrá exceder los 120 días

 

- De existir adicionales, serán aprobados a los valores de la última redeterminación de precios aprobada

 


 

Matrices  de ponderación: Arquitectura - Nueva de alta y baja complejidad

 

 

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Análisis de costos

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